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27/03/09

CONCURSO PARA EL PLAN CEIBAL

logo ceibal.jpg



Concurso de contenidos educativos para el Plan Ceibal


ANCAP y la Universidad ORT Uruguay organizan este concurso.
Vencimiento: 30 de marzo de 2009


BASES

1. ANCAP y Universidad ORT Uruguay llaman a concurso para la
creación de recursos educativos de carácter interactivo, dirigidos, a los niños beneficiarios del Plan Ceibal.
2. El llamado se orienta al diseño de contenidos interactivos que, al mismo tiempo de entretener a los escolares, les enseñen acerca, de la naturaleza, propiedades y beneficios de los biocombustibles: biodiesel y etanol.
3. Se invita a participar a equipos interdisciplinarios, integrados por un máximo de cuatro estudiantes avanzados en algunas de las siguientes disciplinas: magisterio o profesorado, animación, ingeniería de sistemas, diseño y comunicación. Los estudiantes pueden pertenecer a cualquiera de las instituciones educativas públicas y privadas del país. La idea es que cada equipo cuenta con por lo menos un componente pedagógico y tres componentes técnico-artísticos. A su vez, se les solicita que presenten a un docente que oficie de tutor del proyecto a desarrollar.
4. La información sobre biocombustibles que dé lugar al proyecto de los participantes será la disponible en la web de ANCAP: http://www.ancap.com.uy (Productos y servicios / Combustibles / Biocombustibles). Se sugiere a los equipos que no incluyan en sus proyectos datos surgidos de otras fuentes de información, a ,menos que las mismas sean validadas por la Gerencia de Biocombustibles de ANCAP.
5. Los contenidos interactivos irán dirigidos a niños en edad escolar de todo el país, de entre 8 y 12 años, beneficiarios del Plan Ceibal. Deben ser diseñados según especificaciones técnicas que los hagan compatibles con las computadoras XO con que funciona el plan, que detallamos a continuación:
• Flash 6
• Action Script 1.0 Compatible con Gnash
• Python 2.5
• Pygame
La presentación de los proyectos se hará bajo la modalidad de story board, con textos explicativos de la idea y mecánica del juego, así como cualquier otra información que ayude a comprenderlo.
6. El plazo de presentación de los trabajos vencerá indefectiblemente el lunes 30 de marzo de 2009, a las 20 horas. Deberán entregarse en sobre cerrado en la Escuela de Comunicación de la Universidad ORT Uruguay, Avda. Uruguay 1185, Montevideo. Dentro del sobre constará otro más pequeño, en cuyo exterior luzca el seudónimo de equipo, conteniendo en su interior los datos personales de todos sus integrantes: nombres y apellidos, números de documento de identidad, domicilios, teléfonos y correos electrónicos (incluidos los del docente - tutor), así como también sus respectivas síntesis curriculares, de no más de una carilla cada una. Para los proyectos que sean enviados desde el interior, se tendrá en cuenta que la fecha de envío esté dentro de la vigencia de presentación que habilitan estas bases.
7. Un jurado integrado por representantes de ANCAP, ANEP, LATU, Plan CEIBAL y Universidad ORT Uruguay otorgará un único premio, que consistirá en el financiamiento por parte de ANCAP de la ejecución del proyecto, con un presupuesto máximo de $ 120.000 (ciento veinte mil pesos uruguayos) por todo concepto.
8. El jurado podrá otorgar tantas menciones como considere convenientes o declarar el concurso desierto. Asimismo, decidirá en todo aspecto no previsto en estas bases. Su fallo será inapelable.
9. Los organizadores concederán al equipo ganador un plazo máximo de tres meses para la ejecución del proyecto, debiendo quedar operativo para su implementación, a más tardar el jueves 30 de julio de 2009. Para ello, contarán con el apoyo y asesoramiento de la empresa MTW Studios, con vasta experiencia en el desarrollo de aventuras gráficas educativas para el Plan Ceibal.

(Extraído del Portal de la UDELAR www.universidad.edu.uy)








02:45 | Permalink

13/03/09

LLAMADO BECARIOS PARA CENTROS CULTURALES DEL MEC


Fotos fachada 007.jpg
CUATRO BECARIOS PARA CENTROS CULTURALES DEL MEC
CARGA HORARIA: 30 HORAS SEMANALES C/U (DE LUNES A SÁBADOS)
CONTRATACIÓN A TÉRMINO POR 8 MESES (01/05/2009-31/12/2009
)


REQUISITOS :

SER MAYOR DE EDAD
> DIRIGIDO A ESTUDIANTES INSCRIPTOS EN EL SEGUNDO PERÍODO DE ESTUDIOS Y
> REALIZANDO ALGÚN CURSO DE LOS PLANES DE ESTUDIO VIGENTES A LA FECHA DE
> INSCRIPCIÓN.
> NO HABER PARTICIPADO ANTERIORMENTE EN PASANTÍAS, BECAS O SIMILARES
> (REMUNERADAS O NO) DIRIGIDAS A ESTUDIANTES DEL INSTITUTO.
>
>
> APERTURA: Lunes 16 de marzo de 2009, 12 horas
> CIERRE: MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2009,17 HORAS.
>
>
> POR BASES E INSCRIPCIONES DIRIGIRSE A SECCIÓN CONCURSOS DEL I "ENBA": JOSÉ
> MARTÍ 3314, DE 12 A 17 HORAS.
>
>
>
> BASES PARA EL LLAMADO >

> Para la provisión de cuatro becarios para desempeñarse en los Centros
> Culturales del Ministerio de Educación y Cultura (convenio entre la
> Universidad de la República -Instituto Escuela Nacional de Bellas Artes y
> el MEC)
>
> 1) Tipo de provisión: Beca (Art. 41 de Ley 18.046) con plazo de 8 meses.
> 2) Nombre del cargo: Becario para Centros Culturales del MEC.
> 3) Horario semanal: 30 horas semanales de lunes a sábados.
> 4) Sueldo mensual nominal: $ 5.700 (pesos uruguayos cinco mil
> setecientos).
> 5) Fecha de apertura: lunes 16 de marzo de 2009.
> 6) Fecha de cierre: miércoles 15 de abril de 2009.
> 7) Son funciones del cargo: -Desempeñar tareas de monitor de Sala.
> -Asistir a los cursos de capacitación que sean acordados por el MEC y el
> IENBA
>
> 8) Requisitos para la inscripción al presente llamado a aspirantes:
>
> a) ser mayor de edad.
> b) Encontrarse inscripto en el Segundo Período de Estudios, realizando
> algún curso de los Planes de Estudio vigentes a la fecha de inscripción.
> c) No haber participado antes de pasantías, becas o programas similares,
> dirigidos a estudiantes del Instituto.
>
> 9) El aspirante deberá presentar en la Sección Concursos del IENBA (José
> Martí 3314) a partir del lunes 16 de marzo y no más allá del 15 de abril
> de 2009, en el horario comprendido entre las 12:00 y las 17:00 hrs., lo
> que se detalla a continuación:
> a) Nota a la Dirección del IENBA solicitando ser inscripto a este Llamado
> y manifestando conocimiento y aceptación de las bases, así como el
> compromiso de cumplir con las tareas que surjan de la beca y la
> presentación en Secretaría del IENBA de un informe escrito -según formato
> a definir-al final de la beca.
> b) Certificado de escolaridad del IENBA, expedido por la sección Bedelía
> del mismo.
> c) Relación de Méritos, Títulos o antecedentes documentados por notas
> originales o fotocopias certificadas de los mismos, agrupados y
> presentados en el siguiente orden:
> -Actividades de Extensión Universitaria.
> -Otros estudios y Títulos, no contenidos en el Certificado de Escolaridad
> del IENBA.
> -Actividad universitaria general (cogobierno, comisiones, delegaciones,
> etc.)
> d) Un trabajo escrito de no más de dos carillas de extensión, en formato
> carta, a máquina o computadora, acerca de la visión del Aspirante sobre:
> "Los alcances y objetivos de la participación del estudiantes del IENBA en
> los Centros Culturales del Ministerio de Educación y Cultura".
> 10) El Aspirante deberá presentarse a la(s) entrevistas para las que sea
> convocado por la Comisión Asesora, o autoridades del IENBA, durante el
> proceso del presente Llamado. En caso de inasistencia injustificada del
> Aspirante a dicha(s) entrevista(s), se lo tendrá por desistido.
>
> 11) El Consejo del IENBA y/o la Comisión Asesora, no considerarán títulos
> o méritos y/o antecedentes no documentados y presentados en la forma
> indicada.
>
>
> 12) La nota de solicitud para aspirar a la beca, la relación de méritos y
> el trabajo escrito, deberán presentarse en original con tres copias.
>
> CONVENIO ENTRE LA UNIVERSIDAD DE LA REPÚBLICA - INSTITUTO ESCUELA NACIONAL
> DE BELLAS ARTES Y EL MINISTERIO DE EDUCACIÓN Y CULTURA.
>
>
> CONVENIO: En la ciudad de Montevideo, a los días del mes de
> .de 2009, POR UNA PARTE: el Ministerio de Educación y Cultura,
> representado en este acto por la Sra. Ministra de Educación y Cultura Ing.
> María Simón constituyendo domicilio a estos efectos en la calle
> Reconquista 535 de la ciudad de Montevideo, POR OTRA PARTE: la Universidad
> de la República, representada por el Sr. Rector de la Universidad de la
> República Dr. Rodrigo Arocena y el Director del Instituto Escuela Nacional
> de Bellas Artes de la Universidad de la República Prof. Samuel Sztern, con
> domicilio a estos efectos en la calle José Martí 3314 de la ciudad de
> Montevideo,
>
> ACUERDAN OTORGAR EL PRESENTE CONVENIO que se regirá por las siguientes
> cláusulas:
>
> PRIMERO.- Antecedentes. El presente Convenio se celebra en el marco del
> Convenio Básico de Cooperación Asistencia Recíproca Científica y Técnica
> entre la Universidad de la República y el Ministerio de Educación y
> Cultura aprobado con fecha 31 de julio de 2002, en el que cual las partes
> contratantes se comprometen ..."a elaborar y ejecutar de común acuerdo
> acciones de cooperación en áreas y programas de interés de ambas partes,
> que serán objeto de acuerdos complementarios en los que se especificarían
> objetivos, estudios, actividades a cumplir, recursos humanos a
> proporcionar, así como las condiciones inclusive financieras a las cuales
> se obligará cada
> parte".---------------------------------------------------------------------------------------------------
>
> SEGUNDO.- Objeto. El objeto del presente convenio es promover acciones
> coordinadas entre el MEC y el Instituto "ENBA" en el marco de la
> disposiciones del art. 41 de la Ley de N° 18.046 del 24 de octubre de
> 2006, y normas concordantes y complementarias, a fin de implementar
> becas laborales de carácter educativo de los alumnos del Instituto "ENBA
> en el MEC, pues este, a través de la Dirección Nacional de Cultura se
> encuentra abocado al reposicionamiento de sus Centros Culturales a los
> efectos de lograr una mayor difusión de la cultura
> nacional.-------------------------------------
>
> TERCERO.- Obligaciones .-Para el cumplimiento del objeto, la Universidad a
> través del Instituto "ENBA" se obliga a :
> a) Designar a tres estudiantes mayores de edad que se encuentren cursando
> el cuarto, quinto o sexto año del Segundo Período de Estudios del Plan
> vigente, que cumplirán tareas de monitores de
> sala.---------------------------------------------------------------
> b) Realizar una previa selección de los estudiantes en base a su perfil
> educativo y personal, así como un seguimiento educacional de los mismos,
> estudiando su comportamiento como becarios y su aprovechamiento teórico -
> práctico en el área curricular específica, en el marco de cooperación de
> ambas Instituciones .-----------------
> c) Informar al MEC, en forma previa, acerca de cualquier cambio a realizar
> en el plantel de becarios, ya sea debido a la rotación de los alumnos, a
> la pérdida de la calidad de estudiante u otra razón
> fundamentada.-------------------------------------------------
> d) El Instituto "ENBA" se hará cargo de la coordinación de los cursos de
> capacitación que recibirán los becarios en acuerdo con la Dirección
> Nacional de Cultura del MEC, los que se acordarán anualmente entre ambas
> partes.-------------------------------------------
>
>
> EL MEC se obliga a :
> a) Proporcionar al becario designado la oportunidad de realizar las
> tareas más variadas y relevantes vinculadas a la formación curricular que
> este cursando, brindándole la más amplia información que considere
> conveniente---------------------------
> b) No destinar al becario a tareas ajenas a aquellas para las que fue
> seleccionado.----
> c) Transferir al Instituto "ENBA" la cantidad de $ 81.276.- (pesos
> uruguayos ochenta y un mil doscientos setenta y seis) cuatrimestrales,
> para cubrir la remuneración de los
> becarios.-------------------------------------------------------------------------------------------------------
>
> CUARTO: Plazo, período y horario.- Por medio de este instrumento acuerdan
> y determinan un régimen de becarios para estudiantes del Instituto "ENBA"
> que se hará efectivo desde el 1º de mayo de 2009 hasta el 31 de diciembre
> de 2009.-------
> Las personas seleccionadas se desempeñarán en ese régimen en el período de
> vigencia del presente acuerdo, tendrán una carga horaria de 30 horas
> semanales de lunes a sábados y percibirán una retribución mensual nominal
> equivalente a $ 6.773 (pesos uruguayos seis mil setecientos setenta y
> tres).-----------------------------------------------------
>
> QUINTO: Obligaciones del becario: Los estudiantes que se desempeñen bajo
> este régimen, deberán observar las normas internas de conducta y desempeño
> referentes al personal del MEC, las que serán impuestas a su ingreso. En
> caso de contravención de dicha normativa por parte del becario, ya sea por
> negligencia, faltas al servicio o faltas disciplinarias, el MEC comunicará
> inmediatamente el Instituto "ENBA" y podrá realizar la solicitud de
> reemplazo en forma fundada, en cuyo mérito y atento a las circunstancias,
> el Instituto "ENBA" se encargará de designar a otro estudiante en su
> lugar.------------------------------------------------------------------------------------------------------------
>
> SEXTO: Seguimiento. Ambas partes a través de sus respectivos
> representantes evaluarán periódicamente el funcionamiento de este
> Convenio, pudiendo proponer modificaciones y las ampliaciones que
> entiendan convenientes.-------------------------------
>
> SÉPTIMO: Seguro de Accidente: El MEC deberá realizar un seguro de
> accidentes de trabajo referido en el art. 7º de la ley 17.230 del 21 de
> diciembre de 1999 a los efectos de brindar cobertura a becarios y pasantes
> durante el desempeño de sus
> tareas.----------------------------------------------------------------------------------------------------------
> OCTAVO: Comunicaciones y notificaciones : a los efectos de las
> comunicaciones y notificaciones que deban hacerse, las partes constituyen
> como domicilios especiales, los declarados como suyos en la
> comparecencia.--------------------------------------------------
>

17:59 | Permalink